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VIAJAR: El Certificado COVID Digital de la UE, solo será válido con la vacuna de refuerzo desde el 1 de febrero

La Comisión Europea ha aprobado las normas relativas al Certificado COVID Digital de la UE por las que se establece un período de aceptación obligatorio de nueve meses (exactamente 270 días) para los certificados de vacunación. Estas nuevas normas deben aplicarse a partir del 1 de febrero de 2022.

De esta forma los certificados de vacunación garantizarán que se sigan coordinando las medidas relativas a los viajes adoptadas por los Estados miembros, tal como pidió el Consejo Europeo tras su última reunión de 16 de diciembre de 2021.

Las nuevas normas garantizarán que las restricciones se basen en las mejores pruebas científicas disponibles, así como en criterios objetivos. La coordinación continua es esencial para el funcionamiento del mercado único y aportará claridad a los ciudadanos de la UE en el ejercicio de su derecho a la libre circulación.

Ya no recibirá un código QR basado en la vacunación las personas que 270 días después de la última vacunación, no se hayan puesto la tercera dosis (o segunda dosis para las personas que recibieron la vacuna de Janssen) o una vacuna de refuerzo

Todavía es posible recibir un código QR internacional en el caso de tener una prueba de COVID-19 negativa o una prueba de recuperación. Si no ha recibido una vacuna de refuerzo después de 270 días, debe mostrar un resultado negativo en la prueba de COVID-19 para poder ingresar a España.

Viajar a España: Certificado COVID Digital de la UE

Un comprobante de vacunación : un comprobante de vacunación completa (2 dosis de vacunación aprobadas por la EMA o la OMS con la excepción de Janssen, luego 1 dosis es suficiente), con la última dosis tomada al menos 14 días y como máximo 270 días antes de la salida . Después de 270 días, debe indicar que ha recibido: una vacuna de refuerzo y el documento debe indicar 3/3 (para una dosis de refuerzo después de un ciclo de vacunación primaria de 2 dosis). Si recibió una dosis porque se recuperó de COVID-19 o porque recibió la vacuna Janssen, recibirá un código QR que indica: 2/1 vacunas recibidas (para una dosis de refuerzo después de una vacuna de 1 dosis o después de 1 dosis de una vacuna de 2 dosis para alguien que se ha recuperado de COVID).

Una prueba de recuperación : si se ha recuperado de COVID-19, puede ingresar a España con una prueba de recuperación. Este documento debe ser emitido un mínimo de 11 días después de la primera prueba NAAT positiva y un máximo de 180 días. El documento debe ser emitido por una autoridad u organismo médico. Esta debe estar en español, inglés, francés o alemán. El documento debe indicar: nombre, fecha de la primera prueba NAAT positiva, tipo de prueba NAAT y país de emisión.

Una prueba de prueba : una prueba NAAT (PCR) de hasta 72 horas de antigüedad a la llegada, o una prueba de antígeno de hasta 48 horas de antigüedad a la llegada. El certificado de la prueba negativa que se debe realizar con usted debe indicar: nombre, número de documento de viaje, datos de contacto del instituto de prueba, tipo de prueba, hora y fecha de la prueba y resultado negativo. Los resultados de las pruebas deben estar redactados en español, inglés, francés o alemán o tener una traducción oficial en uno de estos idiomas.

Formularios de salud para viajar a España

Para España, los viajeros que viajen en avión o barco deberán utilizar el ‘Formulario de Control Sanitario’ antes del viaje a través de la web especial spth.gob.es (tenga cuidado con su búsqueda en Google porque hay varios sitios falsos que cobran dinero). Todas las personas, independientemente de su edad, deben utilizar la web o app para smartphone SpTh (SpainTravelHealth) para ANDROIDIPHONES.

Los teléfonos crean un código QR que se debe mostrar antes del inicio del viaje y después de la llegada a España. Esto no se aplica a los viajeros de transporte privado que entran en España por carretera, por ejemplo, con el coche o la caravana. Leer más información EN ESTE LINK (inglés) en el sitio web oficial de SpTH. FUENTE: spanjevandaag.com y ec.europa.eu. Imagen de portada: Pixabay.

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